Si sois profesores funcionarios y queréis dar clases particulares para complementar vuestro empleo principal, estáis en todo vuestro derecho.
Ya sea para completar vuestros ingresos o simplemente para compartir vuestros saberes, tenéis la posibilidad de abriros paso en este mundo.
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Dar clases particulares: combinar un trabajo público con otro privado
Vamos a hacer lo posible para explicar bien los pasos que hay que seguir para dar clases particulares.
La legislación española contempla una cierta compatibilidad laboral.
Según la Ley de Incompatibilidades, todo profesor que ejerza en un centro de enseñanza público puede dar clases particulares a título privado si así lo desea, siempre y cuando no descuide su trabajo principal como funcionario del Estado. Dentro del concepto de “descuidar”, debemos matizar que la Ley considera incompatible que en la actividad privada en cuestión estén involucradas personas relacionadas con la labor principal del funcionario. En otras palabras: un profesor funcionario no puede dar clases particulares a alumnos de su centro de trabajo.
Entonces, un profesor puede incluso dar clases particulares de una asignatura aunque esta no sea exactamente la misma que imparte en su centro de trabajo como empleo principal. Por ejemplo, un ingeniero reconvertido a profesor de matemáticas podría dar también clases particulares de física.

Ahora que ya habéis entendido que existe una compatibilidad entre ambos empleos, vamos a ver qué pasos hay que seguir para combinar los trabajos.
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Pasos que los profesores funcionarios tienen que seguir para dar clases particulares
En la práctica, un gran número de profesores ejerce su actividad particular sin seguir estos pasos, que, legalmente, son obligatorios:
- En primer lugar, debemos conseguir que la Administración Educativa reconozca nuestra compatibilidad laboral. La resolución de compatibilidad (o incompatibilidad) la dictará, en el plazo de dos meses, el Ministerio de la Presidencia, el órgano competente de la Comunidad Autónoma o el Pleno de la Corporación Local.
Es importante recalcar que "será requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades públicas el que la cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no supere la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director General, ni supere la correspondiente al principal, estimada en un 30 % para los funcionarios del grupo A o personal de nivel equivalente".
- En el supuesto de que estemos autorizados a desempeñar dos cargos públicos, sólo podremos ejercer en el ámbito privado si la suma de las jornadas laborales de ambos puestos no supera la máxima establecida para las Administraciones Públicas (37 horas y media semanales, 1642 horas anuales). Por otra parte, en este caso, deberíamos conseguir el reconocimiento de compatibilidad con ambos trabajos públicos.
Puede parecer un procedimiento un tanto arduo, pero lo cierto es que es más rápido de lo que parece. Una vez terminado el proceso, ya podéis ejercer como profesores particulares con total transparencia. Así, obtendréis un gran número de beneficios y no tendréis que vivir con un miedo eterno a Hacienda.
Por otro lado, ¿crees que la movilidad es el mayor problema de los opositores?

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Compartir saberes y obtener un sueldo complementario
Para un profesor funcionario, dar clases particulares supone salir de la esfera pública. La esfera privada ofrece otras muchas ventajas, entre ellas las financieras:
Los alumnos quieren avanzar, por lo que en muchos casos se apuntan a las clases particulares voluntariamente o con el apoyo de sus padres.
La pasión por la enseñanza recae en la diseminación de conocimientos, que aquí también se manifiesta en la creación de un vínculo más personal con el alumno.
En la mayoría de las plataformas de clases particulares, los profesores pueden crear un anuncio de forma gratuita y fijar sus propias tarifas. Además, más adelante pueden adaptarlas al mercado, a su nivel de estudios y a su experiencia.
Existe un rango muy amplio, ya que el precio de una hora de clase puede ir de los 10 a los 50 euros. Por otro lado, la gestión de los pagos se realiza entre profesor y alumno sin que intervengan terceros. ¿Sabes cómo fijar el precio de tus clases particulares?
Otra de las ventajas de usar SuperProf es que se trata de un circuito corto de intermediarios. Los organismos privados de clases particulares retienen una parte considerable de la tarifa facturada al alumno (¡hasta un 50%!), pero ese no es el caso en SuperProf.
Además, los profesores son los que organizan las horas de clase en función de su disponibilidad. En resumen, la gran ventaja de las clases particulares es la libertad.
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Ahora que ya sabéis todo lo que hay que saber sobre la compatibilidad de empleos… ¡lo único que tenéis que hacer es lanzaros a la aventura y buscar alumnos clases particulares!
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Hola. Según ustedes, un profesor funcionario puede dar clases particulares; pero analizando la legislación parece que no es así, pues si no he entendido mal, para poder compatibilizar un puesto en la función
pública docente con otro en el sector privado, el complemento específico
y sexenios que se perciban no deben superar el 30 % de las retribuciones básicas, excluidos los trienios, requisito éste que incumplen hoy en día todos los docentes. ¿No?
Este artículo es incorrecto, se supera 30% como indica la primera respuesta
Muchas gracias a ambos por vuestros comentarios. Modificaremos la información lo antes posible ; )
Efectivamente, por desgracia a día de hoy los profesores de la pública estamos atados de pies y manos y la injusta ley de incompatibilidades no nos permite hacer prácticamente nada fuer de nuestro trabajo en lo público.
Puedes solicitar la reducción del empleo específico para que no supere el 30%. Una vez hecho esto,solicitar la compatibilidad y ya ponerme a trabajar
Y si es un profesor de un colegio concertado?
La profesora de ingles de mi hija da clases particulares de la misma asignatura y a los mismos niñ@s que los que tiene de alumnos en el colegio. Por supuesto…esos niñ@s aprueban todos su asignatura y los que no van a sus clases particulares suspenden ¿¿esto es legal??
A mí no me ha quedado muy claro. Si yo soy funcionaria en primaria y quiero dar a dos niños clases particulares de violín, una hora a cada uno, ¿Es posible o no?
Hola Raquel, ¿los profesores funcionarios que tenemos la compatibilidad tenemos que facturar las clases que cobramos a través de transferencia bancaria de Superprof? Gracias.
Hola, Jorge: Sí, ya que en esos casos Superprof solo cumple la función de intermediario, pero eres tú mismo como profesor quien presta el servicio, y por ende quien tiene la responsabilidad de emitir la factura. Esperamos haberte ayudado :) ¡Un saludo!
Buenos días, profesora de matemáticas que va a impartir cursos y talleres en asociaciones, etc relacionados con la lengua de signos. Tengo algún límite de horas a impartir ?
Si te refieres a impartir clases en Superprof, no. hay un límites de horas. Eres libre de elegir cuánto trabajar. Pero si te refieres a las asociaciones, pues eso dependerá de cada una de ellas.
Hola, tengo una pregunta. Si soy funcionaria interina, y doy clases particulares (que no suporan las 11 horas semanales, tendría que darme de alta como autónoma? o bastaría con declaralo como COMPLEMENTARIO en mi declaración de hacienda?…es que claro, por 11 horas semanales no me rentaría. Cuando trabajaba en academias, siempre lo declaraba como complementario, pero ahora que soy funcionaria interina no sé si puedo seguir haciéndolo y es legal o tengo que darme de alta como autónoma. Gracias
Si das clases particulares por menos de 11 horas semanales siendo funcionaria interina, no es necesario darte de alta como autónoma, pero sí debes declarar estos ingresos como rendimientos del trabajo en tu declaración de la renta. Asegúrate de cumplir con los requisitos de Hacienda para considerar esta actividad como complementaria. Recomiendo consultar a un asesor fiscal para asegurar que cumples con la normativa vigente.
Buenas noches.
Mi pregunta es la siguiente.
Por razones improcedentes, me han suspendido de empleo y sueldo 3 meses y ahora quieren ampliarlo juntando otro proceso. Soy funcionaria de carrera desde 2007, divorciada y con 2 niños pequeños a los que tengo que alimentar. Mi «sustituta» va diciendo por ahí que es ilegal que le dé clases particulares (técnicas de estudio sobre todo ) a algunos de los que eran mis alumnos , que ya no lo son , puesto que son suyos, según ya ha dicho la Consejería, hasta final de curso. Es eso cierto? Entonces de qué trabajo?
Gracias
Pd. Tengo 3 enfermedades crónicas (de ahí la lucha ya a nivel judicial de mi caso)
Lamentamos mucho escuchar sobre tu situación. Aquí tienes algunas pautas y consideraciones que pueden ayudarte a abordar tus preguntas y preocupaciones:
– Suspensión de empleo y sueldo: la ampliación de una suspensión debe estar justificada y seguir el procedimiento adecuado. Es fundamental que te asesores con un abogado especializado en derecho administrativo o laboral, ya que ellos podrán revisar la legalidad de la suspensión y las posibles ampliaciones.
– Clases particulares: en cuanto a las clases particulares, generalmente no existe una prohibición explícita que impida a los funcionarios impartir clases particulares, siempre que no exista un conflicto de intereses o se vulneren normas específicas del centro o la administración. Dado que los alumnos ya no son oficialmente tus estudiantes, la sustituta no tendría base legal para impedirte dar clases particulares, a menos que exista una normativa específica en tu comunidad autónoma que lo prohíba. Sin embargo, es recomendable que revises el reglamento interno de tu institución y cualquier normativa específica de la Consejería de Educación.
– Revisión de la legalidad de la S¿situación: podrías consultar a un abogado sobre la afirmación de tu sustituta y sobre cualquier restricción que pudieras tener al dar clases particulares. Esto también se puede discutir con la Consejería de Educación para obtener una respuesta oficial y documentada.
– Consideraciones médicas y judiciales: dado que mencionas tener tres enfermedades crónicas y estar en una lucha judicial, es crucial que tu abogado conozca todos los detalles médicos y legales para proporcionar una defensa completa y robusta. Asegúrate de que tu situación médica y las implicaciones laborales estén bien documentadas y presentadas en tu caso.
– Apoyo y recursos sociales: mientras resuelves estas cuestiones, explora recursos sociales y comunitarios que puedan ofrecerte apoyo temporal, como ayudas para familias monoparentales o programas de asistencia social.
Espero que esta información te sea útil y puedas resolver esta situación de la mejor manera posible. Te envío muchos ánimos y un saludo.